Diferencia entre un proceso laboral
(ordinario, especial)
En pocas palabras se puede decir que:
Un proceso ejecutivo versa sobre un derecho
cierto, determinado.
Un proceso ordinario busca declarar cierto un
supuesto derecho.
Un trabajador alega tener un derecho y el
empleador niega tener la obligación de satisfacer el derecho alegado por el
trabajador. En este caso, para dilucidar quién tiene la razón, se inicia un
proceso laboral ordinario que tiene como objetivo que el juez declare ese
derecho. Que el juez decida.
Ahora, un trabajador que alega tener un
derecho lleva al empleador a una oficina de conciliación y allí se firma un acta de
conciliación. En el acta firmada nace un derecho cierto reconocido por el
empleador, derecho que empleador se obliga a satisfacer.
Si el empleador se niega a cumplir con lo
pactado en el acta de conciliación, el trabajador inicia un proceso ejecutivo
laboral para que el juez “ejecute” al empleador y lo obligue a cumplir. Nótese
que en ese caso el trabajador no va ante el juez para que le declare un derecho
por cuanto el derecho ya fue declarado en el acta de conciliación; va ante el
juez para que este obligue al empleador a cumplir.
Igual sucede cuando iniciado un proceso
laboral ordinario el juez dicta sentencia en la que declara o reconoce el
derecho al trabajador y el empleador se niega a cumplir con la sentencia
a pesar de estar ejecutoriada. El paso a seguir es iniciar un proceso ejecutivo
para buscar el cumplimiento de un derecho que ya fue declarado cierto por
el juez en el proceso ordinario anterior.