Prima De
Servicios
Toda empresa
debe pagar a sus empleados como prima de servicios, un salario mensual por cada
año laborado, o si la vinculación es inferior a un año, el pago será
proporcional al tiempo que el trabajador lleve vinculado,
cualquiera que este sea.
La prima de
servicios corresponde a la participación del trabajador en las utilidades
obtenidas por la empresa, beneficio que contemplaba la legislación
anterior a la vigente.
Los únicos
trabajadores que no tienen derecho a la prima de servicios son los trabajadores
del servicio doméstico. Anteriormente, los trabajadores
ocasionales o transitorios no tenían derecho a la prima de
servicios, pero la norma que consagraba esta excepción [Artículo 306 del código
sustantivo del trabajo] fue declarada inexequible en la parte pertinente, por
la corte constitucional en sentencia C-825 de 2006.
Igualmente,
el artículo 306 del código sustantivo del trabajo, establecía que en caso que
el trabajador fuera despedido por justa causa, se perdía el derecho a la prima
de servicios, aparte que también fue declarado inexequible por la corte
constitucional en sentencia C-34 de 2003.
La prima de
servicios se debe pagar en dos cuotas anuales; la primera a más tardar el
último día del mes de junio y la segunda durante los primeros 20 días del mes
de diciembre, por tanto, cada liquidación corresponde a un semestre.
El salario
base sobre el cal se debe calcular la prima de servicios, es el
promedio del sueldo devengado en los seis meses que corresponden a cada una de
las liquidaciones.
Para
determinar el promedio salarial sobre el cual se calcula la prima de servicios,
se suman los ingresos recibidos por el trabajador en cada mes y luego si
dividen por 6 o por el numero de meses si estos son inferiores a 6.
La prima de servicios
no constituye salario, por tanto no se tiene en cuenta para pagos de seguridad social ni parafiscales.
Las primas
extralegales, pueden ser pactadas como ingresos
que no constituyen salario, por tanto estas primas no se incluyen
dentro del salario base para el cálculo de la prima de servicios.
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